Ir al contenido principal

Se ocultó el contenido

Para mostrar este contenido, por favor hacé clic acá

Priscila
Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires

El 30% que acecha mi luna de miel.

Priscila, el 18 de Diciembre de 2019 a las 12:28 Publicado en el Foro luna de Miel 0 40

Hola chiquis que tal?

Bueno punto de un, el titulo es generico... porque yo ya me fui de luna de miel, pero aqui estoy, para darle una manito a aquellas que estan en proceso todavia y estaban pensando en armar su viaje y ZAZ! problema de nuevo!

Vamos a empezar por suponer que no todas saben de que estoy hablando y explicar que hablo de la proxima medida anunciada del 30% de impuesto a las compras con tarjeta de credito/debito sobre las compras en el exterior, compras en dolares, y compras de dolar ahorro.

Punto 1: Vigencia

La ley no salio todavia (hoy 18/12/2019) por lo tanto esto no esta en vigencia todavia, si bien las agencias de viajes ni lentas ni perezosas ya estan empezando a subir los precios, todavia no se esta cobrando el 30%.

Asi que si tienen algo que comprar, quizas sea buena idea arrancar con eso antes de que se promulgue la ley.

Cuando entrara en vigencia? Dificil saber... la ley deberia pasar por ambas camaras para poder ser promulgada... yo aventuraria decir que en Enero. PERO la ley pensaba tratarse mañana jueves, y el bloque de cambiemos esta diciendo que no dara Quorum (el minimo necesario para tratar la ley). Esto puede que haga que se atrase el proceso... pero tambien podria ocacionar que se termine sacando por decreto (no se que tan probable sea porque no estoy muy en politica).

Lo que si sabemos es que no es contitucional que esto se aplique de manera retroactiva, por ende todo apuntaria a que si no se mandan alguna jugarreta cosmica, lo que compremos AHORA no se veria afectado por la medida. Estoy incluye COMPRA DE DIVISAS.

Si viajan fuera del pais y todavia no compraron sus 200 usd o equivalentes de diciembre, ahora es el momento, despues saldra 30%. Punto importante el limite de 200 dolares es por persona, atentos si tienen una cuenta con cotitularidad, y compran por esa cuenta se imputa como que ambos compraron los 200 usd, y si quisieran comprar otros 200 usd, los van a imposibilitar de comprar moneda, por comprar mas de 200 usd por persona. (Todo esto hablando de dolar legal)

Punto 2: Gambeteando

Si deciden comprar algo, tratando de adelantarse a la medida... donde compro?

Todo lo que compren debe ser en pesos, y si es en cuotas seria un golazo. Despegar, Almundo, Avantrip y otras similares. Aerolineas Argentinas. Pagado ahora, los hoteles NUNCA COBRO EN DESTINO

Donde no compro?

Booking, Hoteles.com, Airbnb... y similares que cobren en dolares y sobre todo que diga COBRO EN DESTINO, porque esto significa que se implementara el pago probablemente al momento de viajar y va ser alcanzado por el 30% x mas que hayan reservado antes.

Punto 2b: Y si me mi luna de miel es en Argentina?

Atenti Booking, Hoteles.com, Airbnb... cotizan en pesos (a veces), y cobran en dolares, asi que esto estaria alcanzado por la medida del 30% cuando entre en vigencia... mucho cuidado no sea cosa que viajes nacional e igual te comas el impuesto.


Punto 3. Conviene gestionar mi viaje o voy con un paquete?

Siempre digo que a nivel economico, conviene gestionar el viaje... pero hoy todo es muy incierto si podes comprar un paquete all incluisive a precio 2019 ( osea dejandote afuera solo alguna pavada para comprar alla y alguna excursion que no te incluya) y en cuotas, creo que en este contexto puede ser una buena jugada, o al menos una jugada segura. Si no salis ganando, seguro que no salis tampoco perdiendo, porque es imposible saber como estaran los precios para nosotros afuera en 6 meses/un año.


Punto 4. Y si ahorro en dolares?

Es muy bueno, si podes go, usalos en tu viaje afuera para pagar en efectivo. Sobre si tenerlos en la cuenta y debitarlos va ser sujeto al impuesto no se, entiendo que si... si alguna sabe lo agregamos aca.


Punto 5. Retencion o impuesto?

La vez anterior el recargo a las compras era una retencion de impuesto a las ganancias, con lo cual cabia la posibilidad de recuperarlo para fin de año. Esta vuelta no sera retencion, si no impuesto, lo que se paga, pasa a las arcas del estado.


A media que comenten, voy agregando la data que tiren al post principal, lo mismo modificarlo si alguna tienen mejor informacion



40 Respuestas

Última actividad por Priscila, el 21 de Diciembre de 2019 a las 11:58
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Bueno niñas ley sancionada, asi que ya arranca la vigencia.
    Cocodrilo que durmio, es cartera, asi que espero q varias hayan podido aprovechar para safar unod pesitos!
    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado
    Gracias Mar 😘
    • Responder
  • M
    Novia Experta Enero 2020 Mendoza
    Mar ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Que excelentes consejos!!! La verdad es que has estado en todas... una genia! Gracias!
    • Responder
  • Jesica
    Novia Adicta Abril 2021 Buenos Aires
    Jesica ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado
    Ahhh ok ok!! Mil mil gracias por la aclaración!!!
    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Otra modificacion:

    La versión original del Art.32, inciso e) era sintéticamente:

    e) Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país.

    Como verán, el agregado relevante es:

    …en la medida en que para la cancelación de la operación deba accederse al Mercado Único y Libre de Cambios a los efectos de adquisición de las divisas correspondientes en los términos que fije la reglamentación.


    Osea que si es transporte pagado integramente en pesos, quedaria afuera del 30%.

    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    No es asi Jesi, lee los ultimos comentarios pero basicamente, te cito los articulos y vos buscalos que los postie mas abajo.

    Los paquetes turisticos estan en el articulo 32 inciso D, los pasajes en el inciso E.

    Segun el articulo 34, los agentes encargados de percibir el impuesto son para el el inciso D, las agencias de viajes, y para el E la compañia de transportes, que deberan hacerlo al momento de la compra, desglosandolo en la factura.

    Con lo cual si ya se te facturo, no se te cobra el impuesto por lo ultimo explicado.

    Ademas se incluyo una aclaracion, que es ahora el articulo 40 que dice que se aplicara a la transacciones realizadas el dia despues de que entre en vigencia la ley, excluyendo todas las transacciones realizadas con anterioridad a la misma.

    Lo que vos planteas aplica al articulo 32 B Y C, que son las alcanzadas por el turismo, exceptuando que se tratase de Booking o Airbnb.


    Aunque la tarjeta te cierre despues, no se van a gravar las compras en agencias de viaje o pasajes realizadas antes de la vigencia. No hace con las demas compras internacionales... por ejemplo si te compras un tocado en Wish si te lo van a combrar si no te cerro la tarjeta antes. Se entiende?

    • Responder
  • Jesica
    Novia Adicta Abril 2021 Buenos Aires
    Jesica ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Genia Pri!! Nosotros estamos tratando de definir la luna de miel en estos días (antes de la ley!)
    Siempre sacamos por despegar pero los precios ahora están más altos así que tuvimos mejor oferta en una agencia.
    Todo a las corridas, queríamos definirlo con tiempo pero dado estos cambios, conviene liquidarlo lo antes posible! A no dar muchas vueltas con el destino ni con el hotel!Con respecto al pago, no aplica si es antes de la ley pero si la tarjeta aún no cerró... puede lo cobren.?!?!Eso aún no está muy claro..Mil mil gracias por la Info!
    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    booking ARGENTINA SOLAMENTEEl 30% que acecha mi luna de miel. 1


    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Jajajaja bueno editar no puedo editar mis mensajes... sera que antes podia por ser destacada?

    Tengo mas DATA fresquita... si alguien puede incorporelo al primer mensaje


    Afortunadamente, como parte del proceso que siguen los proyectos cuando están en camino de convertirse en Ley, ese artículo incorporó una importante aclaración:

    El impuesto que se establece por el artículo 32 de la presente ley será de aplicación a las operaciones, liquidaciones y pagos efectuados a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley, con exclusión de las transacciones efectuadas con anterioridad a dicha fecha.

    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado
    Ampliame mas! Esto seria para la compra de divisas, o de viajes?
    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado
    Parece que van a hacer todo lo posible para sacarla mañana, cuando este de la compu edito y lo agrego al mensaje principal
    • Responder
  • Celes
    Novia VIP Diciembre 2019 Capital Federal
    Celes ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Dato importante algunos bancos ya sacaron resoluciones anticipándose al cobro del impuesto con otra denominación en el rubro. Atenti a eso, sobre todo por las gestiones que se hagan en el home banking.
    • Responder
  • Nadia
    Mendoza
    Nadia ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Hola Pri!

    Guauuuuu que buen debate, muchas gracias por estos datazos, real que ayudás a muchas novias con esta información y mini formación.

    Espero que todas puedan adelantarse a esta ley!

    Besos

    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Smiley heart Ojala se de mas adelante

    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Aca transcribo la parte del proyecto de ley que habla de eso:

    CAPÍTULO 6

    IMPUESTO PARA UNA ARGENTINA INCLUSIVA Y SOLIDARIA (PAIS)

    ARTÍCULO 32.- Establécese con carácter de emergencia, por el término de CINCO (5) periodos fiscales a partir del día de vigencia de la presente ley, un impuesto que se aplicará en todo el territorio de la Nación sobre las siguientes operaciones:

    a) Compra de billetes y divisas en moneda extranjera -incluidos cheques de viajero- para atesoramiento o sin un destino específico vinculado al pago de obligaciones en los términos de la reglamentación vigente en el mercado de cambios, efectuada por residentes en el país.

    b) Cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente locatario o prestatario destinadas al pago de la adquisición de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y débito comprendidas en el sistema previsto en la Ley Nº 25.065 y cualquier otro medio de pago equivalente que determine la reglamentación, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior. Asimismo, resultan incluidas las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales y/o cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen, mediante compras a distancia, en moneda extranjera.

    c) Cambio de divisas efectuado por las entidades financieras destinadas al pago, por cuenta y orden del contratante residente en el país de servicios prestados por sujetos no residentes en el país, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y de débito, comprendidas en el Sistema previsto en la Ley Nº 25.065 y cualquier otro medio de pago equivalente que determine la reglamentación.

    d) Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país.

    e) Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país.

    ARTICULO 33.- Serán pasibles del impuesto que se aprueba por la presente ley, los sujetos residentes en el país -personas humanas o jurídicas, sucesiones indivisas y demás responsables- que realicen alguna de las operaciones citadas en el artículo anterior. Si la operación se realiza mediante tarjetas de crédito, de compra y/o de débito, el impuesto alcanza a quienes sean sus titulares, usuarios, titulares adicionales y/o beneficiarios de extensiones.

    No se encuentran alcanzadas por el presente impuesto las jurisdicciones y entidades comprendidas en el inciso a) del artículo 8º de la Ley 24.156 y sus modificaciones, y sus equivalentes en los Estados Provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Municipios.

    Tampoco se encontrarán alcanzadas por el presente impuesto las siguientes operaciones:

    a) Los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato y utilización de plataformas educativas.

    b) Los gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado Nacional, Estados Provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Municipios.

    ARTÍCULO 34.- El pago del impuesto estará a cargo del adquirente, locatario o prestatario pero deberán actuar en carácter de agentes de percepción y liquidación del mismo, los sujetos que para cada tipo de operaciones se indican a continuación:

    a) Operaciones comprendidas en el inciso a) del primer párrafo del artículo 32: Las entidades autorizadas a operar en cambios por el Banco Central de la República Argentina.

    b) Operaciones comprendidas en los incisos b) y c) del artículo 32: Las entidades que efectúen los cobros de las liquidaciones a los usuarios de sistemas de tarjetas de crédito, débito y/o compra respecto de las operaciones alcanzadas por el presente régimen. En caso de que intervengan agrupadores o agregadores de pago, la reglamentación establecerá el obligado en carácter de agente de percepción.

    c) Operaciones comprendidas en el inciso d) del artículo 32: Las agencias de viajes y turismo mayoristas o minoristas, que efectúen el cobro de los servicios.

    d) Operaciones comprendidas en el inciso e) del artículo 32: Las empresas de transporte terrestre, aéreo o por vía acuática, que efectúen el cobro de los mismos.

    ARTÍCULO 35.- La percepción del impuesto deberá practicarse en la oportunidad que a continuación se indica:

    a) Operaciones comprendidas en el inciso a) del primer párrafo del artículo 32: En el momento de efectivizarse la operación cambiaria. El importe de la percepción practicada deberá consignarse, en forma discriminada, en el comprobante que documente la operación de cambio el cual constituirá la constancia de las percepciones sufridas.

    b) Operaciones comprendidas en los incisos b) y c) del artículo 32 canceladas con tarjeta de crédito y/o compra: En la fecha de cobro del resumen y/o liquidación de la tarjeta de que se trate, aun cuando el saldo resultante del mismo se abone en forma parcial. El importe de la percepción practicada deberá consignarse, en forma discriminada, en el referido documento, el cual constituirá comprobante justificativo de las percepciones sufridas.

    c) Operaciones comprendidas en los incisos b) y c) del artículo 32 canceladas con tarjeta de débito: En la fecha de débito en la cuenta bancaria asociada. Resultará comprobante justificativo suficiente de las percepciones sufridas el extracto o resumen bancario de la cuenta afectada al sistema de tarjeta de débito, cuando estos detallen en forma discriminada e individualizada por operación las sumas percibidas.

    d) Operaciones comprendidas en los incisos d) y e) del artículo 32: En la fecha de cobro del servicio contratado, aun cuando el mismo se abone en forma parcial o en cuotas, en cuyo caso el monto de la percepción deberá ser percibido en su totalidad con el primer pago. El importe de la percepción practicada deberá consignarse, en forma discriminada, en la factura o documento equivalente que se emita por la prestación de servicios efectuada, el cual constituirá comprobante justificativo de las percepciones sufridas.

    ARTÍCULO 36.- El impuesto establecido en el artículo 32 se determinará aplicando la alícuota del TREINTA POR CIENTO (30%), según el siguiente detalle:

    a) sobre el importe total de cada operación alcanzada, para el caso de las operaciones comprendidas en los incisos a), b), c) y d) del primer párrafo del artículo citado.

    b) sobre el precio, neto de impuestos y tasas, de cada operación alcanzada para el caso de las operaciones comprendidas en el inciso e) del primer párrafo del artículo 32.

    De tratarse de operaciones expresadas en moneda extranjera, deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda local, aplicando el tipo de cambio vendedor que, para la moneda de que se trate, fije el Banco de la Nación Argentina al cierre del último día hábil inmediato anterior a la fecha de emisión del resumen, liquidación y/o factura o documento equivalente.



    Por ende entiendo que si ya se FACTURO, ya esta safaste, porque los cargos los tiene que retener la Agencia de Viajes o la Compañia de Transportes y cobrarlos en la factura, por ser los agentes de retencion designados para los tipos de operacion E y D

    • Responder
  • Valeria
    Novia Máster Febrero 2020 Córdoba
    Valeria ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado
    A mí tampoco me atrae mucho, yo estoy mas para armar en turismo religioso (que si me gusta) pero se nos ha complicado la temporada... Gracias
    • Responder
  • Mery
    Top de las Novias Diciembre 2021 Buenos Aires
    Mery ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado
    Puede ser, pero lo que leí en el diario decía eso.
    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Segun lo que lei ayer no (el proyecto) pero se que se esta reformando lo que fue al congreso, asi que no te quiero discutir, voy a ver si encuentro mas informacion.

    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Yo no tuve suerte el el laburo en agencia, no me gusto nada, ahi fueron 4 años de mi vida por el caño.

    Ojala puedan salvar la temporada Vale Smiley shame

    • Responder
  • Mery
    Top de las Novias Diciembre 2021 Buenos Aires
    Mery ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Pri, si me permitís agregar, si compran hoy, salvo que el pago de la tarjeta sea antes de que salga la ley o el DNU, van a tener que pagar el 30%.
    • Responder
  • Valeria
    Novia Máster Febrero 2020 Córdoba
    Valeria ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado
    Soy técnica en turismo, próxima licenciada, y trabajando en agencia...
    Encima todo ocurre ahora, a fin de año, en que ya tenemos todo casi armado para la temporada y tenemos qie frenar todo.
    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    No lo aclare, pero me referia a las agencias que nombre mas abajo en el post tipo Despegar, Almundo, y similares. Y no los precios de los paquetes, lo cual tiene todo el sentido pero por dar un ejemplo de lo que vi respecto a un hotel en ALMUNDO


    Sabado: 1800 pesos

    Domingo: 3100

    Lunes: 3800

    Hoy 4100.

    Aca hay especulacion, porque primero no salio la ley todavia, ni tampoco el dolar blue o el turista subieron mas del 100%.


    Es negocio comprarlo igual? Y probablemente si, porque no creo que los vayan a bajar.


    Obviamente no es algo que hagan todas las agencias, y seguro que a algunas las esta metiendo en un brete.


    Smiley smile Sos Agente de viajes?





    • Responder
  • Valeria
    Novia Máster Febrero 2020 Córdoba
    Valeria ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Pri, es cierto que algunas agencias de viaje ya comenzaron a aumentar un poco, pero también se sabe que hemos tenido qie cancelar algunos viajes porque no sabemos con qué nos vamos a encontrar... en este momento el famoso dólar turista me ha generado no poder vender viajes, aunque espero que sirva para fomentar el turismo interno.
    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    El tema es si compras hoy, safas, pero si no tenes un buen colchon, y los gastos en el lugar pensabas tarjetarlos, Smiley atonished al horno.

    Yo espero poder "acolchonarme" de aca a que me vaya, pero pagando lo que tarjetie ahora va ser complicado.

    • Responder
  • Naty
    Top de las Novias Abril 2019 Capital Federal
    Naty ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Ni me digas yo estaba especualando irme y zas!!!!


    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Si tal cual, hoy 30% en un aereo internacional por ejemplo hace temblar cualquier presupuesto

    • Responder
  • Naty
    Top de las Novias Abril 2019 Capital Federal
    Naty ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Excelente debate Pri!! hay que estar con mil ojos!!!

    • Responder
  • Mari
    Novia Máster Abril 2022 Mendoza
    Mari ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Jajajaj

    Ay qué ganas de matarlo jaja. Claro, me imagino que armar el viaje en 3 días no es lo que mas te gusta. Pero qué bueno que pudieron armarlo y esquivar la medida a tiempo jaja

    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Creo que se arreglo solo! jajajaa Smiley laugh

    Nada el tema de la vacas... yo le dije a Chris que arranquemos esto hace como un mes y pico atras, y no me dio bola. Y cuando anunciaron el sabado la medida entro en desesperacion Smiley ups y tuve que armar todo el viaje en 3 dias, y un poco de ganas de matarlo. Porque si bien es lo que estudie, a mi el proceso de armar un viaje me gusta encararlo de otra manera, mucho mas tranquila, con tiempo y detalle... bueno, no fue el caso.

    Smiley xd

    • Responder
  • Mari
    Novia Máster Abril 2022 Mendoza
    Mari ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Genial el debate. Me imagino el tema de las vacaciones, un lío.

    Me sale que respondí el mensaje de Flor, qué raro

    • Responder
  • Priscila
    Novia Máster Mayo 2019 Buenos Aires
    Priscila ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Justo estoy con los malabarismos de las vacaciones, y dije esto aplica a la luna de miel de las chicas de la comu, asi que se me ocurrio hacerlo.

    Fijate que en el mensaje de abajo me etiquetaste a mi en vez de a Flor, asi que no se si te va leer Smiley winking


    • Responder
  • Mari
    Novia Máster Abril 2022 Mendoza
    Mari ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Hola Pri!! Buenísimo el debate!! Muy claro y súper completo. Seguro a más de una pareja le salvaste los pesos jaja

    • Responder

Elegiste . Escribí un comentario y agregá más detalles a tu elección 👇

×

Artículos relacionados

Foros generales

Inspiración